Informativo N°6
enero 22, 2024Informativo N°7
Antecedentes: Ley N°20800; Resolución nombra administradora de cierre IP Los Lagos; Convenios con IES.
Materia: Proceso de Continuidad de estudios en instituciones en Convenio.
Propósito: Informar de las instituciones en convenio para la continuidad de estudios en ocho de las nueve sedes del IP Los Lagos, el objeto y acciones de los correspondientes convenios.
Estimadas y estimados estudiantes IP Los Lagos:
Junto con saludar, me es grato informar que hoy 5 de febrero ya se suscribieron los convenios para la continuidad de estudios en ocho de las nueve sedes del IP Los Lagos, a partir de lo cual indicaré cuales son los pasos por seguir para aquellos estudiantes cuyos procesos académicos quedaron inconclusos debido al cierre de la institución.
I. INSTITUCIONES EN CONVENIO Y SEDES
A la fecha, dos instituciones reconocida por la calidad de su gestión y la formación que imparten han accedido a firmar convenio con la Subsecretaría de Educación Superior y la administración de cierre del Instituto Profesional Los Lagos- Estas instituciones han asumido la tremenda responsabilidad de administrar el proceso de continuidad de estudios a aquellos estudiantes que deben dar término a sus procesos formativos, hasta la obtención de su título profesional o técnico según corresponda, impartiendo los procesos formativos de todas las carreras en que el IP Los Lagos tenía matrícula vigente a julio de 2023. A continuación, se indican las instituciones encargadas del proceso de continuidad de cada sede del IP Los Lagos:

II. DEL CONVENIO
1. Objeto del Convenio:
El presente Convenio tiene por finalidad hacer efectivo el mandato expresado en la Ley N°20.800, que es “asegurar la continuidad del servicio educativo de los y las estudiantes”, del IP Los Lagos, acción que a su vez es expresión del mandato constitucional establecido en el inciso 3º del artículo primero de la Constitución Política de la República, que establece que “el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.”
En aras del cumplimiento de dicha finalidad, el presente convenio viene en establecer el marco de aplicación, derechos, atribuciones, obligaciones, condiciones, instancias y órganos de coordinación y control de las acciones que se ejecutarán para garantizar la continuidad de estudios de los alumnos del IP Los Lagos, que se encuentran en alguna de estas situaciones:
- Alumnos de IP Los Lagos que se encontraban matriculados en dicha institución en el año 2023, tanto en proceso lectivo, como en procesos de egreso y titulación.
- Alumnos del IP Los Lagos, matriculados en años anteriores al 2023 en las correspondientes sedes, que suspendieron formalmente la continuidad de sus estudios y que, de acuerdo con la reglamentación del IP Los Lagos, pueden retomar sus procesos académicos en dicha casa de estudios.
- Alumnos en proceso de titulación o graduación, quienes puedan continuar sus procesos académicos hasta la obtención del título, de acuerdo con la reglamentación del IP Los Lagos.
2. Acciones que comprende el convenio:
A. La institución en convenio deberá:
Desplegar las acciones que permitan a las y los alumnos en convenio, dar continuidad de estudios de acuerdo a sus respectivas mallas de estudios para la obtención de los respectivos títulos técnicos o profesionales, dictando para ello las cátedras y otras actividades académicas que resulten necesarias y pertinentes de conformidad a la Ley N°20.800, sus respectivos planes y programas de estudio, en la medida que cuenten con los recursos que establece el convenio. A medida que los alumnos en convenio finalicen sus procesos académicos, la institución en convenio remitirá la Administradora de Cierre la documentación respectiva para proceder a la titulación.
B. El IP Los Lagos, a través de su Administradora de Cierre, se obliga a:
- Proporcionar todos los planes y programas de estudio de las carreras de pregrado que actualmente se imparten en este instituto, así como los reglamentos académicos vigentes.
- Definir en conjunto con la institución en convenio, los estudiantes del IP Los Lagos que serán considerados alumnos en convenio, de acuerdo con lo estipulado en el presente instrumento e incorporando el avance curricular respecto de cada estudiante.
- Entregar la nómina y base de datos de los alumnos que puedan ser considerados alumnos en convenio, según lo estipulado en la cláusula segunda del presente instrumento.
Del mismo modo, la Administradora de Cierre deberá entregar a (IES) en convenio, respecto de cada alumno del IP Los Lagos, que figure en las bases de datos precedentemente señalada, los siguientes antecedentes:
- Certificado de alumno regular, primer semestre 2023.
- Concentración de notas; y,
- Certificado de egreso, en caso de que corresponda.
Los alumnos contemplados en la nómina señalada precedentemente podrán matricularse, sólo en la misma carrera que cursaban en el IP Los Lagos, sin posibilidad de solicitar cambio de carrera, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°20.800.
- Emitir y entregar a los alumnos en convenio, los títulos profesionales y/o firmar los diplomas, en base a los antecedentes académicos que le proporcione la institución en convenio. Tanto los certificados de título, como los diplomas mencionarán que los alumnos titulados o graduados son alumnos del Instituto Profesional Los Lagos.
El convenio comenzará a regir a partir de su suscripción y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028. Sin perjuicio de lo anterior, de ampliarse el plazo establecido, las partes también podrán prorrogar en dicho plazo el presente convenio.
C. Del inicio de las actividades:
Las actividades académicas se iniciarán una vez que la institución en convenio reciba conforme todos los antecedentes necesarios para iniciar el proceso de inscripción de las y los estudiantes acreditados como beneficiarios del convenio, estas podrán darse entre marzo y abril de 2024, según se convenga entre la institución de continuidad y la administradora de cierre, adecuando el calendario académico, de tal forma que durante el año 2024 se pueda dar curso a dos semestres lectivos.
Las y los estudiantes de continuidad serán contactados desde la institución en convenio, la que llevará en adelante el proceso formativo y administrativo de los estudiantes.
Atentamente,
